ASEO DOMICILIARIO


Artículo 7º de la Ley Nº 3.063 Rentas Municipales

“ Las Municipalidades cobrarán un derecho trimestral por el servicio domiciliario de aseo por cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosco y sitio eriazo…. “

· Cancelan derecho de aseo domiciliario las personas que se encuentran exentas del pago de Contribuciones de Bienes Raíces, del S.I.I.

· Las cuotas vencen en los meses de Abril, Junio, Septiembre y Noviembre.

· El valor a cancelar en el año 2005 es de $ 12.857 ( cada cuota es de $ 3.214 ).

· El lugar de pago es la Tesorería Municipal de Castro.

· A través del Departamento Social, se otorga beneficio de exención del 50% o 100% del pago del derecho de aseo domiciliario, siempre y cuando no registren deuda con el municipio y cumplan con los requisitos, los contribuyentes deben realizar este trámite en el mes de Diciembre de cada año.