ASEO DOMICILIARIO
Artículo 7º de la Ley Nº 3.063 Rentas Municipales
“ Las Municipalidades cobrarán un derecho trimestral por el servicio
domiciliario de aseo por cada vivienda o unidad habitacional, local,
oficina, kiosco y sitio eriazo…. “
· Cancelan derecho de aseo domiciliario las personas que se encuentran
exentas del pago de Contribuciones de Bienes Raíces, del S.I.I.
· Las cuotas vencen en los meses de Abril, Junio, Septiembre y
Noviembre.
· El valor a cancelar en el año 2005 es de $ 12.857 ( cada cuota es de
$ 3.214 ).
· El lugar de pago es la Tesorería Municipal de Castro.
· A través del Departamento Social, se otorga beneficio de exención del
50% o 100% del pago del derecho de aseo domiciliario, siempre y
cuando no registren deuda con el municipio y cumplan con los
requisitos, los contribuyentes deben realizar este trámite en el mes de
Diciembre de cada año.
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